Bono de $ 60.000 para trabajadores: qué dice el decreto

Bono de $ 60.000 para trabajadores: qué dice el decreto
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El Gobierno oficializó el decreto por el que se implementa un bono no remunerativo dirigido a los trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia, tanto del sector público como privado, cuyos salarios sean inferiores a la suma de $400,000. El bono, de un monto de $60,000, será abonado en dos cuotas iguales de $30,000 cada una, correspondientes a los salarios devengados en los meses de agosto y septiembre de 2023.

Conforme a los términos del decreto, el primer artículo establece que este subsidio no remunerativo se aplicará a los trabajadores regulados por las Leyes Nros. 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, 22.250, 26.727 y sus modificatorias, así como otros estatutos profesionales especiales en el sector privado. El segundo artículo, a su vez, abarca a los trabajadores del sector público que cumplen funciones en las Jurisdicciones y Organismos pertenecientes al PODER EJECUTIVO NACIONAL.

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Cabe destacar que el monto del bono será ajustado según los salarios netos percibidos por los trabajadores en el mes de agosto de 2023. Aquellos cuyos salarios netos sean iguales o inferiores a $370,000 recibirán una asignación de $30,000 en cada cuota. Para los trabajadores cuyos salarios netos estén por encima de $370,000 pero no superen los $400,000, la asignación será la diferencia entre $400,000 y su salario neto, también dividida en dos cuotas de $30,000 cada una.

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En el caso particular de los trabajadores del «Régimen de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares», regulado por la Ley N° 26.844, se establece una asignación de $25,000, a ser pagada en dos cuotas de $12,500 cada una, siguiendo los mismos lineamientos en función de los salarios netos.

El decreto también señala que los montos de las asignaciones no remunerativas podrán ser absorbidos por aumentos salariales establecidos en acuerdos, siguiendo las disposiciones de los Convenios Colectivos de Trabajo correspondientes.

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La medida incluye una disposición relevante para las Micro y Pequeñas Empresas que cuenten con Certificado MiPyME vigente. Estas empresas podrán computar parte del pago de sus contribuciones patronales con destino a diversos subsistemas del sistema previsional argentino, según el porcentaje de reintegro establecido en el decreto.

En cuanto a los plazos, la primera cuota del bono correspondiente al salario devengado en agosto de 2023 deberá ser abonada a más tardar quince días hábiles a partir del 1° de septiembre de 2023, mientras que la segunda cuota se regirá por la normativa legal vigente.

Cronista

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