Polémica: ¿Cuáles son los artículos de la ley de emergencia en Discapacidad que el Presupuesto deroga?

Polémica: ¿Cuáles son los artículos de la ley de emergencia en Discapacidad que el Presupuesto deroga?
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Una de las polémicas más grandes que estalló con la presentación del proyecto de Presupuesto 2027 , la semana pasada, tiene que ver con la derogación de artículos medulares de la ley de emergencia en Discapacidad, la misma iniciativa que la oposición quiere prorrogar para evitar que los titulares de pensiones no contributivas pierdan derechos a partir del año próximo.

En primer lugar, el Presupuesto elimina el artículo 14 de la ley 27.793, que es aquel que consagraba el principio de nomenclador único a nivel nacional para todas las prestaciones del sistema.

Esta modificación llevará a que los prestadores tengan que negociar de manera individual los aranceles con cada prepaga y cada obra social.

Con esta reforma planteada por el Gobierno en el proyecto de Presupuesto, se termina con la homogeneidad de los aranceles.

Según explicó el vicepresidente de la comisión de Discapacidad, Juan Marino (Unión por la Patria) en un extenso tuit, con esta nueva política «cada obra social, prepaga o provincia fijará valores diferenciados, desatando una presión a la baja y fragmentando la atención médica y terapéutica».

A través del artículo 39 del Presupuesto, se sustituye en artículo 7 bis de la ley de emergencia por una nueva redacción que además de dar por tierra con la política de arancel único, deja sin efecto la actualización automática mensual de los valores de acuerdo al índice de movilidad jubilatoria.

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De hecho, el nuevo texto establece explícitamente que “la universalidad no implicará la homogeneidad de aranceles” y se dispone que el nomenclador «no incluirá valores universales».

¿Qué es el nomenclador?
El Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad establece los valores de referencia que se pagan por distintas prestaciones: rehabilitación, centros de día, centros educativos terapéuticos, apoyos, transporte, etc.
Actualmente existe un esquema de aranceles comunes a nivel nacional y, en 2026, esos valores vienen actualizándose mensualmente según la evolución del IPC. De hecho, el Gobierno oficializó para septiembre una actualización del 1,7%.

¿Qué propone el Presupuesto 2027?
El proyecto enviado al Congreso plantea modificar ese sistema.
El punto central es que el nomenclador dejaría de establecer valores universales y homogéneos para todo el país. El texto propuesto establece que la universalidad de la atención no implicará la homogeneidad de los aranceles.

En términos sencillos:

Existe un valor de referencia común para las prestaciones.
Las obras sociales, prepagas y otros financiadores deben reconocer esos aranceles.
Los valores se actualizan mensualmente siguiendo el IPC.
LO QUE PROPONE EL PROYECTO
Se elimina el concepto de arancel único/universal.
Cada obra social, prepaga o jurisdicción podría manejar sus propios valores.
Para el sector público, los aranceles serían establecidos trimestralmente por la Secretaría Nacional de Discapacidad.
Se elimina la actualización automática mensual vinculada al IPC.

¿Por qué genera preocupación?
Porque los prestadores —por ejemplo, centros de rehabilitación, profesionales, transportistas y centros educativos terapéuticos— advierten que podrían quedar en una situación en la que tengan que negociar individualmente cuánto les paga cada obra social o prepaga.
Quienes cuestionan la modificación sostienen que eso podría generar diferencias en los valores que reciben los prestadores y dificultades para sostener determinadas prestaciones. Es una interpretación y una preocupación expresada por representantes del sector y legisladores opositores, no un efecto que ya se haya producido.

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Por otra parte, a través del artículo 37 del Presupuesto se elimina la compatibilidad de la pensión por discapacidad y un empleo registrado o monotributo que aporte ingresos de hasta dos salarios mínimos.

¿Qué pasa con una persona que cobra una pensión por discapacidad y consigue un trabajo registrado?
Según el proyecto presentado por el Gobierno, se eliminaría la compatibilidad entre la pensión y el empleo formal. Es decir, una persona que actualmente cobra una Pensión No Contributiva por Discapacidad y consigue un trabajo registrado podría perder la pensión.

Esto cambia de manera importante la regla vigente.
Actualmente: la Ley 27.793 permite que el titular de una pensión por discapacidad tenga un empleo formal o sea monotributista, siempre que sus ingresos no superen dos Salarios Mínimos, Vitales y Móviles. Si supera ese límite, la pensión se suspende mientras dure esa situación y puede solicitarse su rehabilitación cuando los ingresos vuelvan a estar por debajo del límite o termine el trabajo. �
Boletín Oficial
Lo que propone el Presupuesto 2027: modificar ese régimen y volver incompatible la pensión con el empleo formal o determinadas situaciones de inscripción tributaria.

Por eso, uno de los cuestionamientos planteados durante el debate es que podría generar un desincentivo a la formalización laboral, ya que algunas personas podrían verse ante la decisión de aceptar un empleo registrado o conservar la pensión. Esa es una interpretación planteada por sectores que cuestionan el proyecto, no un efecto que ya se haya producido.

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