La ANSES reglamentó la pensión para los familiares de trabajadores esenciales fallecidos por coronavirus

La Administración Nacional de la Seguridad Social dictó las pautas para la tramitación y otorgamiento de la Pensión graciable vitalicia para los familiares del personal de salud, fuerzas armadas, de seguridad y otros fallecidos por coronavirus, según lo establecido por la Ley 27.549.
Los requisitos y condiciones que se deben cumplir para acceder al beneficio, son:
Del trabajador o trabajadora fallecida:
A) Que el/la trabajador/a haya fallecido como consecuencia de haber contraído COVID-19
en el período transcurrido entre el 1 de marzo de 2020 y el 30 de septiembre de 2020.
La forma de acreditar que la causa del fallecimiento fue consecuencia de haber contraído coronavirus COVID-19 deberá encontrarse consignada fehacientemente en el certificado de defunción, firmado por profesional habilitado.
B) Que el/la trabajador/a se encontrare desempeñando tareas presenciales en su lugar de trabajo o fuera de su domicilio en alguna
de las actividades detalladas a continuación:
• Personal de los sistemas de salud pública y privada.
• Personal de las Fuerzas Armadas.
• Personal de las Fuerzas de Seguridad.
• Personal de la Actividad Migratoria.
• Personal de la Actividad Aduanera.
• Bomberos y bomberas.
• Recolectores y recolectoras de residuos domiciliarios.
• Recolectores y recolectoras de residuos patogénicos.
De los/las solicitantes:
Los/las derechohabientes de los trabajadores y las trabajadoras enunciados/as en la Ley N° 27.549, con derecho a la Pensión Graciable son los/las siguientes:
A) Cónyuge o conviviente, a excepción de los separados de hecho, salvo que el causante tuviere a
su cargo un deber alimentario en favor del primero.
B) Hijos/as hasta los 21 años de edad.
C) Hijos/as hasta los 25 años, si a la fecha del fallecimiento percibían alimentos por parte del causante.
e) Hijos/as con discapacidad, sin límite de edad.
La Pensión Graciable Vitalicia es compatible con jubilaciones, pensiones por fallecimiento; y es incompatible con cualquier tipo de pensión no contributiva.
Para solicitar esta prestación el o la solicitante deberá ingresar en forma virtual a través de la web oficial de la ANSES.
EL TRÁMITE ES TOTALMENTE GRATUITO Y NO SE REQUIERE LA INTERVENCIÓN DE GESTORES NI INTERMEDIARIOS.
Más información en anses.gob.ar o llamando al 130.