Una violenta pelea entre vecinos terminó en condena
En una audiencia realizada este lunes 23 de mayo, se convalidó el juicio abreviado pactado entre el Ministerio Público Fiscal, y la defensa de los imputados, Esteban Lazarte a quien se le imputo el delito de lesiones graves agravadas por el uso de arma de fuego en calidad de coautor, en concurso real con amenazas agravadas por el uso de arma en calidad de autor y Emanuel González, acusado del delito lesiones graves agravadas por el uso de arma de fuego en calidad de coautor.
La causa fue investigada por la Unidad Fiscal de Atentados Contra las Personas, dirigida por Pedro Gallo. En esta oportunidad, el encargado de exponer los puntos del convenio fue el auxiliar de fiscal, Benjamín Zavalia, quien narró la teoría del caso y detalló las pruebas reunidas para probarla. Luego, el integrante de la Fiscalía admitió que la pena acordada entre todas las partes es la de tres años de ejecución efectiva para Emanuel “El loco Emanuel “González y tres años de prisión de ejecución condicional, más reglas de conducta para Esteban Lazarte.
El primer hecho fue el 1 de enero de 2021, aproximadamente a las 19:30, en circunstancias en que una de las víctimas transitaba por el pasaje Pedro G. Sal al 1.000 de la ciudad de San Miguel de Tucuman, cuando un sujeto (que ya fue condenado) comenzó a insultarla y agredirla, tanto que extrajo de su mochila un machete con el cual le provocó un corte en la palma de la mano derecha. Por tal motivo, el herido se fue rumbo a su domicilio. Al llegar, le comentó lo ocurrido a su padre y a un tío, con quienes se hicieron presentes en el domicilio del agresor.
Allí aparecen en escena los dos sujetos, a la postre condenados, quienes salieron del interior de la vivienda, al acercarse la víctima, los acusados, comenzaron a dispararles a los hombres allí presentes, impactando los disparos en las piernas derecha e izquierda, provocándole múltiples lesiones que invalidaron a la víctima por más de 30 dias. Los vecinos llamaron a emergencias para trasladarlos al Hospital Padilla.
Además, se endilga solo a Emmanuel González el siguiente hecho: En fecha 14 de abril de 2021, a horas 15:45, a través de la red social “Facebook”, desde el perfil “Mikeila Thaiana”, el imputado González envió un video de 34 segundos de duración al perfil de Facebook del hijo de una testigo, hermana de la víctima, donde se observa al imputado remontando tres armas de fuego, ubicadas en el suelo gran cantidad de municiones y un chaleco antibalas, como así también profiriendo amenazas e insultos gravísimos.
Al momento de exponer su resolución, el magistrado interviniente declaró admisible el acuerdo pleno de juicio abreviado y dio lugar al pedido del MPF.