ENACOM aprobó un sistema de identificación para evitar el fraude con la telefonía celular

ENACOM aprobó un sistema de identificación para evitar el fraude con la telefonía celular
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El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) aprobó el “Reglamento para la Nominatividad y Validación de Identidad de los Usuarios de los Servicios de Comunicaciones Móviles” que implementará un procedimiento de validación de identidad de los usuarios para aumentar la seguridad y reducir las posibilidades de fraude al dar de alta el servicio.

El reglamento se promulgará con el objetivo de reforzar las condiciones de seguridad y para que cada prestador de los Servicios de Comunicaciones Móviles implemente un registro en el que se almacene y sistematice el nombre, apellido, Documento Nacional de Identidad (DNI) y domicilio de sus usuarios registrados, y permitir el acceso a dicha información a las autoridades competentes.

Desde el ENACOM, con el Ministerio De Seguridad De La Nación, la justicia nacional y el Ministerio del Interior, a través del Registro Nacional De Las Personas (RENAPER), advirtieron un escenario de crecimiento exponencial en la comisión de estafas, robos y otros delitos, efectuados a través de líneas de telefonía móvil.

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Ante esta situación, el nuevo reglamento obliga a los operadores del servicio a implementar un procedimiento de validación de los usuarios, que permitirá verificar con un alto grado de certeza la identidad de los usuarios permitiendo no sólo validar la identidad de cada nuevo usuario sino que también facilitó la nominación progresiva del parque de las líneas ya activas, con anterioridad a la vigencia de dicha norma.

El proceso de nominación del parque preexistente terminó el 31 de mayo de 2019 con el 95,05 % de las líneas preexistentes nominadas y el remanente de líneas, correspondiente al 4,95 %, fueron bloqueadas por orden expresa de este Ente, mediante Resolución ENACOM N° 2249 de fecha 30 de mayo de 2019, a la espera de su eventual nominación.

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Se realizó una modificación a la Resolución ENACOM 8507/2016 a fin de derogar aquellas previsiones que se vieron superadas por lo antedicho con un nuevo texto en el que se propone:

Reforzar las condiciones para la registración (alta) de los usuarios: a través de la validación de los datos contenidos en el DNI de quien intenta su registración
Incorporar mecanismos de seguridad para el caso de modificaciones en las condiciones comerciales y/o técnicas de las líneas de telefonía móvil que puedan ser consideradas críticas o sensibles: tal el caso de cambios de titularidad, cambio en las condiciones de contratos, cambios de domicilio o el cambio de SIM –también conocido como simswapping-; valiéndose de herramientas o mecanismos como la validación de datos biométricos, incluida la prueba de vida, o la validación de múltiples pasos o factores.
Las Prestadoras del Servicio de Comunicaciones Móviles tendrán el plazo de 60 días a partir del dictado de la resolución correspondiente para adecuar sus sistemas de nominación y validación de conformidad con las previsiones del Reglamento y deben contar con un sistema de nominación y validación de la identidad de sus usuarios titulares de forma presencial o remota, sea por sí o por terceros.

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