Germán Alfaro pide a la Corte de la Nación que suspenda las elecciones

Germán Alfaro pide a la Corte de la Nación que suspenda las elecciones
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El intendente de San Miguel de Tucumán y precandidato a vicegobernador por el frente Juntos por el Cambio (JxC), Germán Alfaro, recurrió a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) para requerir el dictado de una medida cautelar que suspenda provisoriamente los efectos de la normativa que convoca a los comicios provinciales del 14 de mayo.

«Merced al ardid urdido por quienes deben hacer prevalecer las disposiciones de la Constitución Nacional y la de la Provincia, ese día es elegido arbitrariamente por Decreto del Poder Ejecutivo, sin ningún tipo de límite», indicó Alfaro. Y sostuvo: «el fraude perpetrado y que se pretende ahora consolidar alcanza niveles de escándalo».

El pedido del jefe municipal fue efectuado en representación de su partido, el PJS, en el marco de una acción de certeza tramitada ante el máximo tribunal formulada el 23 de febrero pasado.

El expediente, según los registros de la CJSN, fue girado a la Procuración General de la Nación (PGN).

El escrito lleva las firmas de los abogados José Roberto Toledo y Alberto F. Garay, y cuestiona a lo largo de 40 páginas la sentencia dictada por la Justicia provincial que habilitó al Poder Ejecutivo (PE) a emitir un decreto para el adelantamiento de las elecciones provinciales.

Según el planteo de Alfaro, la convocatoria a los comicios «está en contradicción con lo dispuesto expresamente en los artículos 43 (incisos 5 y 6) y 100 de la Constitución de la Provincia de Tucumán, por exceder sobradamente el plazo máximo de 60 días de anticipación que nuestra Ley Fundamental establece». «Consecuentemente, debe ser dejada sin efecto», remarcó.

El fallo de Tucumán y la competencia de la Corte nacional
En el planteo judicial, Alfaro recordó que, si bien cada provincia cuenta con su propia Constitución provincial, se encomienda a la Corte Suprema de Justicia de la Nación «el aseguramiento de ese sistema representativo y republicano». Por ello, expuso el intendente, el artículo 117 de la Constitución nacional asigna al máximo tribunal del país «competencia originaria en razón de la materia en las causas que versan sobre cuestiones federales en las que sea parte una provincia». Y recordó los antecedentes Santiago del Estero, Río Negro y La Rioja, en los que la CSJN intercedió en asuntos relacionados a elecciones de orden local.

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En este marco, el intendente recordó lo señalado por los artículos 43 y 100 de la Constitución de Tucumán, donde se consigna que “la elección de Gobernador y Vicegobernador se realizará dos meses antes de la conclusión del mandato de las autoridades en ejercicio, salvo que el Poder Ejecutivo decida convocar a elecciones simultáneamente con las elecciones nacionales». Este plazo, según Alfaro, correspondería al 28 de agosto, dado que las autoridades en ejercicio finalizan su gestión el 29 de octubre.

El líder del PJS recordó además que, según la anterior versión de la Carta magna local, modificada en 2006, establecía un margen de cuatro meses antes de la caducidad de los mandatos. Y apuntó que aquella Convención Constituyente «por Juan Manzur, el mismo que hoy persigue celebrar elecciones casi seis meses antes de la finalización de su período legal».

Según Alfaro, está en curso una «maniobra anti-republicana», que «se consolidó a través de una serie de actos concertados y concatenados».

El primero de ellos, señaló, fue el fallo dictado por la Sala I de la Cámara en en lo Contencioso Administrativo de Tucumán, el 28 de diciembre de 2018, para habilitar el adelantamiento de los comicios provinciales para junio del año siguiente.

El segundo, enumeró, fue el proceso impulsado por el PJ de Tucumán en 2022 para permitir que las elecciones de 2023 también fueran convocadas de manera anticipada.

El tercer punto, según Alfaro, fue el planteo formulado por Manzur ante la Corte provincial para poder ser candidato a vicegobernador de Osvaldo Jaldo.

Por último, el intendente mencionó que el Poder Ejecutivo dictó el decreto llamando a las votaciones para el 14 de mayo, y la Junta Electoral Provincial (JEP) dispuso la puesta en vigencia de un cronograma electoral en idéntico sentido.

«De este modo, el partido en el gobierno, que rige los destinos de la Provincia desde el año 1999, logra modificar las reglas constitucionales para fijar una nueva fecha de elecciones provinciales que se amolde a sus deseos», expresó el compañero de fórmula del radical Roberto Sánchez.

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«Escándalo jurídico» y «sentencias mellizas»
Alfaro planteó que en Tucumán «estamos en presencia de un auténtico escándalo jurídico que conmueve a la sociedad y habla de la gravedad institucional de la situación presente». «Los atropellos consumados son ostensibles», sostuvo.

Luego de citar doctrina y jurisprudencia que, según su perspectiva, se ajustaría a este caso, el intendente recordó la polémica por el fallo del fuero contencioso de 2018, a través del cual se habilitó por primera vez el adelantamiento de los comicios (en aquella ocasión, para junio de 2019).

El líder del PJS sostuvo que, en esa oportunidad, se constató la existencia de dos versiones de una misma sentencia. «Ambas partes dispositivas difieren. En la publicada en el Portal (del Poder Judicial de Tucumán) no se menciona la nulidad y se limita expresamente la declaración a ese caso. Sin embargo, ahora nos enteramos de que la parte dispositiva sería otra que habla de la nulidad absoluta y que carece de la limitación al caso, que contiene la otra (versión)», indicó.

Y agregó que «recién con motivo del procedimiento judicial del año 2022 se tomó conocimiento de la vergonzosa existencia de sentencias ‘mellizas’; una, para las partes aparentes de un proceso simulado y otra, para el resto».

«Ahora, se pretende darle prioridad a la no publicada, solamente conocida por las partes instrumentadoras del fraude procesal, invocando como fundamento una convalidación que, para el presentante, viola claramente el derecho de defensa asegurado por la Constitución Nacional», señaló el jefe municipal.

Además, señaló que «pretender efecto erga omnes (N. de la R: un acto, decisión o sentencia que afecte a todas las partes, no solo a las directamente afectadas) de una única sentencia de un tribunal intermedio que declara la inconstitucionalidad de un precepto constitucional, no tiene sustento en el derecho argentino».

Y advirtió que «hablar de ‘desaparición’ o ‘eliminación’ de la norma declarada inconstitucional -como textualmente expresa la Sala- es un desatino mayúsculo, que no tiene cabida en el ordenamiento tucumano ni en el federal».

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«Un retroceso de las bases republicanas del sistema político»
Alfaro, en las conclusiones de su planteo, consideró que «no hay forma legítima de llegar a consentir una anticipación del acto eleccionario de cinco meses y medio». Por ello, afirmó que «el decreto y la convocatoria deben ser declarados inconstitucionales». «La maniobra urdida por el Poder Ejecutivo de Tucumán, con ayuda del Poder Judicial de la provincia, debe ser descalificada», remarcó.

Además, advirtió que no revertir esta situación «implicaría que, a partir de ahora el Poder Ejecutivo podrá elegir a su gusto cuándo se celebrarán las elecciones». «Por ejemplo, para este año se ha fijado un plazo mayor a los dos meses que dispone la actual Constitución y también mayor a los cuatro meses que establecía la anterior Constitución de Tucumán», indicó.

Y manifestó que «estamos en presencia de un claro, manifiesto y bochornoso retroceso de las bases republicanas del sistema político tucumano, cuyo pueblo hace muchos años decidió que la fecha de celebración de las elecciones fuera fijada expresamente a través de normas constitucionales».

«Ahora, merced al ardid urdido por quienes deben hacer prevalecer las disposiciones de la Constitución Nacional y la de la Provincia, ese día es elegido arbitrariamente por Decreto del Poder Ejecutivo, sin ningún tipo de límite», indicó Alfaro. Y sostuvo: «el fraude perpetrado y que se pretende ahora consolidar alcanza niveles de escándalo».

Por todo ello, el líder del PJS solicitó a la Corte nacional «que se suspendan precautoriamente los efectos del decreto» de convocatoria a los comicios y el calendario electoral dispuesto por la Junta Electoral Provincial. «Dicha medida regirá hasta el pronunciamiento de la sentencia definitiva o hasta el día 28 de agosto de 2023, inclusive, fecha que precede en dos meses a la expiración de los mandatos de las autoridades electivas de la provincia, que ocurre el 29 de octubre», expresó.

La Gaceta

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