Se reúne el Consejo del Salario: Definirán un nuevo aumento en medio de la suba inflacionaria

Se reúne el Consejo del Salario: Definirán un nuevo aumento en medio de la suba inflacionaria
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Representantes de las centrales obreras y de las empresas se reunirán este martes para tratar un aumento en el salario mínimo, vital y móvil, actualmente fijado en $69.500 y se prevé que haya un incremento de alrededor del 40% que lleve la remuneración a $100.000 El encuentro tiene lugar a una semana que el Indec diera a conocer la inflación de febrero 6,6%. A su vez, llevó a que la suba interanual se ubicó en torno al 102,5%.

El Gobierno había formalizado el lunes pasado, a través de una resolución firmada por la ministra de Trabajo, Kelly Olmos, la convocatoria a los integrantes del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil. La reunión busca determinar los nuevos incrementos y los montos máximo y mínimo de las prestaciones por desempleo.

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La definición del nuevo piso salarial impactará en unos 400.000 trabajadores fuera de convenio, según los datos del Gobierno. El número que finalmente se consensué sirve como referencia para el salario inicial docente y los planes sociales, dado que, por ejemplo, el monto de un subsidio de Potenciar Trabajo representa mitad de un salario mínimo. Además, es un indicador para el trabajo informal y para actividades que no están sindicalizadas en jornadas laborales de ocho horas.

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Según la resolución, habrá una primera sesión plenaria prevista a las 16, y una segunda establecida para las “16:30″ ambas mediante plataformas virtuales. Según consignó la agencia Télam, se menciona un posible acuerdo por seis meses con un aumento cercano al 40%. De esta forma, el básico rondaría los 100.000 pesos.

El orden del día de esa reunión incluye la “determinación del Salario Mínimo, Vital y Móvil, en el marco de lo dispuesto por el artículo 135, inciso a), de la Ley Nº 24.013 y sus modificatorias”, y la “determinación de los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo, en el marco de lo dispuesto por el artículo 135, inciso b) de la Ley Nº 24.013 y sus modificatorias”, según el texto oficial.

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