Aumento de cuotas: la justicia rechazó el amparo de los colegios privados

Aumento de cuotas: la justicia rechazó el amparo de los colegios privados
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Este miércoles, la Sala I de la Cámara Contencioso Administrativo de la provincia determinó no hacer lugar al pedido realizado por Las Religiosas Misioneras de la Inmaculada Concepción, propietarias del Colegio Guillermina Leston de Guzmán y del Jardín Mirasú, y de la Fraterindad de Agrupaciones Santo Tomás de Aquino (FASTA), propietaria de los Colegios Ángel María Boisdrón y Reina de la Paz. A través de sus representantes legales, solicitaban una medida cautelar que les permita aumentar los aranceles de sus cuotas, para poder hacer frente al pago de los docentes de las instituciones.

Según señalaron en su presentación, entre noviembre de 2022 y marzo de 2023, el gobierno provincial dispuso un 66% de aumento salarial para los docentes del ámbito público, lo que se toma como referencia para el aumento a los trabajadores de la educación privada. Además, recordaron que la metodología habitual era la de conceder aumentos salariales e inmediatamente permitir las subas en las cuotas que permitan afrontar los incrementos de sueldos. Sin embargo, con los aumentos dispuestos a fin de año (el gobierno reabrió las partiarias en plena escalada inflacionaria y en noviembre se dio un aumento del 30% a ser cobrado en diciembre, enero y febrero), el gobierno y las entidades privadas acordaron dos aumentos de alrededor del 10% para las cuotas de noviembre y diciembre, dejando el 10% restante para febrero. Esto, afirman las autoridades del colegio, nunca se instrumentó.

Llegado el 2023, las negociaciones paritarias arrojaron un aumento de entre el 33 y el 35%, lo que llevaba el aumento salarial desde noviembre de 2022 al 66%. Según la presentación inicial, finalmente en marzo de este año se instrumentaron las autorizaciones legales para el aumento de las cuotas, pero solo de un 16,8% tomando como base el valor de la cuota de octubre de 2022. Las entidades privadas aseguraban que primero había que aumentar el 30% tomando como referencia octubre y luego, sobre ese monto, aumentar un 17,5% en marzo de este año, cuando comenzaran las clases. Además, indicaron que el gobierno provincial tomó como referencia las paritarias docentes nacionales, que son montos distintos a las partiarias provinciales. Finalmente, pedían en su escrito que se autorice un aumento del 20% desde marzo de este año, «porcentual que se estima necesario para paliar parte del significativo déficit operativo que causa la situación planteada».

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A través de la Dirección de Educación Pública de Gestión Privada de la Provincia (DEPGP), dependiente del Ministerio de Educación de la provincia, el gobierno presentó informes requeridos por la Justicia para avanzar en una resolución del caso.

Entre los argumentos para solicitar que se rechace el pedido de los demandantes, el Estado menciona que faltan datos importantes en la presentación, como ser la «cantidad de alumnos matriculados en la institución para el ciclo lectivo 2023, montos de la cuota mensual que se encuentran percibiendo, cantidad de docentes asalariados en las Plantas Orgánicas Funcionales (POF) de cada una de las instituciones, porcentaje de aportes estatales que percibe, otros conceptos que recibe en calidad de contribución, etc».

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Asimismo, explica que «el objeto de protección de la educación pública de gestión privada son los alumnos y sus padres en primer lugar; de allí que el interés jurídico tutelado por aquella normativa [la Ley 8.391 y el Decreto 2.191/14] tenga en cuenta principalmente a los usuarios y consumidores de la Educación Pública de Gestión Privada por sobre otros intereses que existan en conflicto».

Por otra parte, señala que «que no se ha encontrado petición alguna en las dependencias administrativas de la Provincia de Tucumán en el que la actora hubiera reclamado las cuestiones relativas a los hechos que se denuncian en el escrito de la demanda. Asevera que tal como surge de la documentación que adjunta, el Ministerio de Educación ha autorizado el aumento de los aranceles mediante la Disposición N° 38/2023, acto que no fue objeto de recurso ni de cuestionamiento alguno por parte de la parte actora» y que el procedimiento para aumentar los montos respetó la instancia de participación de una comisión asesora en donde los colegios privados tienen representantes.

Otro elemento esgrimido por el Estado fue que la provincia «destina mensualmente 700 millones de pesos en apoyar con aporte estatal el pago de sueldos de más del 75% de instituciones educativas de gestión privada. A esto, se le suman ayudas extraordinarias del Estado Nacional durante el 2020 y los subsidios provinciales destinados al pago de Ayudas Sociales a docentes para los meses de diciembre del 2022 y enero y febrero del 2023» y específicamente sobre el Colegio Guillermina «la Provincia de Tucumán asiste con el 100% de aporte para el pago de salarios docentes en el nivel secundario y con el 55% en el resto de los niveles», siendo este monto actualizado en forma regular y que significa una inversión estatal mensual de casi 9 millones de pesos «destinada a las instituciones que iniciaron esta demanda». A esto también hay que sumarle, «por conceptos de Conectividad e Incentivo Docentes, el monto mensual de $372.169,31».

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Las autoridades judiciales intervinientes en el asunto consideraron que la situación no es la que se demanda en el escrito inicial (una omisión de las autorizaciones para aumentar las cuotas), sino que es un desacuerdo entre las partes en torno al porcentaje de aumento autorizado. Ese desacuerdo merecería un debate más detallado que el que permite el ámbito cautelar, apuntado a la celeridad en la resolución de conflictos urgentes. El texto, firmado por María Florencia Casas y Celedonio Gutiérrez, finaliza no haciendo lugar al pedido de las autoridades del Colegio Guillermina, por lo que las cuotas seguirán con los aumentos pautados por el Ministerio de Educación de la provincia.

ElTucumano

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