Amplían la denuncia contra Catalán y aportan documentación para investigar su domicilio en Tucumán

Amplían la denuncia contra Catalán y aportan documentación para investigar su domicilio en Tucumán
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El concejal de Yerba Buena y dirigente de Cambia Tucumán, Mauricio Argiró, amplió la denuncia penal contra el presidente de La Libertad Avanza en Tucumán, Lisandro Catalán, y presentó nueva documentación ante la Justicia Federalcon la que busca que se investigue si el dirigente libertario tiene efectivamente su residencia habitual en la provincia.

Argiró, dirigente del espacio político que encabeza el diputado nacional Mariano Campero, realizó la presentación ante la Fiscalía Federal N° 1 de Tucumán. La ampliación se incorpora a las actuaciones iniciadas a partir de una denuncia contra Catalán, el diputado nacional Federico Pelli y los agentes o funcionarios del Registro Nacional de las Personas (RENAPER) que eventualmente pudieran resultar responsables.

El eje de la presentación está puesto en determinar si Italia 757, en San Miguel de Tucumán, fue utilizado por Catalán como domicilio personal y eventualmente incorporado a sus registros identificatorios o electorales pese a que, según la hipótesis denunciada, su “centro de vida” podría encontrarse fuera de la provincia.

En el escrito, al que Tendencia de Noticias tuvo acceso, se sostiene que esa dirección habría sido presentada como domicilio personal de Catalán en documentación partidaria de La Libertad Avanza, que el mismo inmueble sería utilizado como sede del partido y que pertenecería a un tercero. La denuncia busca establecer si el titular de LLA Tucumán residía efectivamente allí o si utilizó esa dirección para sostener una registración identificatoria y electoral en la provincia.

La presentación suma un nuevo condimento a la pulseada que vienen manteniendo desde hace semanas La Libertad Avanza Tucumán y el camperismo, dos espacios que ya comenzaron a marcar diferencias de cara al escenario electoral de 2027.

Los nuevos documentos incorporados

Para respaldar el pedido de investigación, Argiró incorporó dos publicaciones del Boletín Oficial de la Nación, dos informes privados de persona y localización y dos constancias vinculadas con informes de titularidad de inmuebles y automotores.

Entre los documentos oficiales aparece una publicación correspondiente a Aerolíneas Argentinas, según la cual Catalán fue designado director titular por la Clase A en una asamblea realizada el 13 de febrero de 2025. Allí se consignó como domicilio especial Aristóbulo del Valle 2590, San Miguel, provincia de Buenos Aires.

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La misma dirección vuelve a aparecer en otra publicación oficial vinculada con OPTAR Operador Mayorista de Servicios Turísticos S.A.U.. En ese caso, el Boletín Oficial informa que una asamblea del 11 de septiembre de 2024 designó a Catalán como director titular y consigna nuevamente el domicilio especial en San Miguel, provincia de Buenos Aires.

Sin embargo, la propia ampliación de la denuncia advierte que esos elementos no permiten afirmar que Catalán residiera en ese domicilio, ya que se trata de un domicilio especial constituido en el marco de sus funciones societarias y no necesariamente de su domicilio real. El planteo de Argiró apunta a que la reiteración de esa dirección sea contrastada con otros elementos para determinar dónde se encontraba efectivamente su residencia habitual.

A esas constancias se sumaron informes privados que vinculan a Catalán con otras direcciones ubicadas fuera de Tucumán: José A. Pacheco de Melo 2174 y Córdoba 1883, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y Flaubert 1396, en Bella Vista, provincia de Buenos Aires. Uno de esos reportes caracteriza esta última dirección como domicilio “legal/real”.

El informe comercial acompañado identifica a Catalán y registra como actividad principal los servicios inmobiliarios realizados por cuenta propia con bienes urbanos propios o arrendados. También consigna a José A. Pacheco de Melo como domicilio fiscal y a Flaubert 1396 como “legal/real”.

También en este punto el escrito introduce una salvedad: se trata de información proveniente de un proveedor privado que advierte que no puede garantizar su exactitud, vigencia o integridad. Por ese motivo, Argiró pretende que los datos sean corroborados directamente ante los organismos oficiales, particularmente ARCA.

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Qué busca determinar la denuncia

La hipótesis que plantea la presentación no se sustenta simplemente en la existencia de varios domicilios. De hecho, el escrito reconoce expresamente que una persona puede tener legítimamente un domicilio real y, al mismo tiempo, otros domicilios fiscales, laborales, societarios o de notificación.

Lo que Argiró pretende que determine la investigación es si Catalán denunció ante el RENAPER o el sistema electoral un domicilio tucumano que no correspondía al lugar donde habitaba la mayor parte del año, y si eventualmente lo hizo con conocimiento de esa situación para generar una apariencia registral de residencia en Tucumán.

En ese marco, la ampliación pide comprobar primero si Italia 757 fue efectivamente incorporada como domicilio real de Catalán ante el RENAPER, en un nuevo ejemplar del DNI o en el Registro Nacional de Electores. En caso afirmativo, reclama reconstruir cuándo se realizó el trámite, en qué oficina, qué agentes participaron y qué documentación fue utilizada.

El planteo también solicita reconstruir el denominado “centro de vida” del dirigente libertario mediante elementos objetivos como la ocupación efectiva de viviendas, consumos de servicios, expensas, registros de acceso, domicilios declarados ante organismos públicos y privados, radicación de bienes, lugares de trabajo y desplazamientos entre Buenos Aires y Tucumán.

La ampliación encuadra una de las hipótesis bajo el artículo 137 del Código Electoral Nacional, que contempla el delito de denuncia de domicilio falso por parte de un elector.

En ese punto, el escrito sostiene que una eventual candidatura de Catalán no sería necesaria para la configuración de esa figura penal. Según el planteo, lo que debería comprobarse es si, en su condición de elector, denunció ante la autoridad competente un domicilio que sabía que no correspondía a su residencia habitual y que tenía aptitud para ser incorporado al sistema electoral.

La propia presentación reconoce, no obstante, una cuestión determinante para el avance de esa hipótesis: si Italia 757 únicamente apareciera en documentación partidaria y nunca hubiera sido denunciada ante el sistema identificatorio o electoral, la aplicación del artículo 137 debería ser revisada.

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Piden informes al RENAPER, la Justicia Electoral y otros organismos

Argiró solicitó una extensa serie de medidas probatorias. Entre las principales figura un oficio al RENAPER para obtener el historial completo de domicilios de Catalán y determinar si Italia 757 u otra dirección tucumana fue incorporada como domicilio real, de entrega o de contacto.

También pidió preservar los registros electrónicos y la trazabilidad de un eventual trámite; solicitar a la Cámara Nacional Electoral y al Registro Nacional de Electores el historial de distrito, sección, circuito y mesa de Catalán; y requerir a La Libertad Avanza la documentación partidaria en la que se haya informado Italia 757 como domicilio.

La presentación reclama además informes de ARCA sobre los domicilios declarados desde 2020; información de registros inmobiliarios y automotores; datos de servicios públicos que permitan establecer la ocupación de los inmuebles investigados; documentación de Aerolíneas Argentinas, OPTAR e YPF; y datos sobre traslados y viajes que permitan reconstruir la permanencia territorial de Catalán durante el período analizado.

Asimismo, se pide una inspección del inmueble de Italia 757 para determinar su destino, distribución, ocupación y aptitud residencial, además de testimonios del propietario, administradores, ocupantes, responsables partidarios y agentes del RENAPER que eventualmente hayan intervenido en un cambio de domicilio.

La ampliación busca así que la Justicia determine si Catalán informó efectivamente Italia 757 como domicilio real ante organismos oficiales y, en caso de haberlo hecho, si esa dirección coincidía con el lugar en el que habitaba la mayor parte del año. Hasta que se produzcan esas pruebas, la propia presentación caracteriza la documentación aportada como un conjunto de indicios que deben ser autenticados y contrastados con información oficial.

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