Diputados: oposición logró la media sanción del proyecto contra las apuestas online
La Cámara de Diputados dio media sanción a la Ley de Ludopatía y apuestas online con 140 votos a favor, 36 en contra y 59 abstenciones. Los votos a favor correspondieron a los bloques de Unión por la Patria, Coalición Cívica, Encuentro Federal, y Democracia para Siempre e Innovación Federal. La Libertad Avanza rechazó la iniciativa, mientras que el PRO, UCR y MID se abstuvieron.
Tras una serie de modificaciones al texto elaboradas durante la extensa jornada, se aprobó el articulado en particular que generó grandes discusiones y controversias. Inclusive el artículo “corazón” de la ley que prohíbe de manera estricta la publicidad en distintos ámbitos. Si bien había un amplio consenso respecto a la problemática de la ludopatía infantil, este punto dividió las aguas.
El proyecto de prevención de ludopatía y regulación de juegos de azar y apuestas en línea llegó al recinto tras un fuerte lobby de empresarios del sector y con rumores de que no se llegaría a reunir el quórum para sesionar. Finalmente, los 137 diputados que bajaron al recinto celebraron con aplausos la posibilidad de dar el debate.
Se hicieron presentes los legisladores de la Coalición Cívica (CC), la mayoría del bloque de Unión por la Patria (UxP), parte de la UCR, una porción de los radicales de Democracia, un sector de Encuentro Federal (EF), el bloque Innovación Federal y la Izquierda.
Apuestas online: qué dice el proyecto
La propuesta que obtuvo dictamen de mayoría busca prohibir la publicidad, promoción y sponsoreo de los juegos de azar en línea, de ningún tipo, inclusive las realizadas por influencers, famosos del espectáculo, deportistas, instituciones deportivas y cartelería en estadios.
También prohíbe la posibilidad de apostar a trabajadores y directivos de sitios de juegos de azar y apuestas; deportistas y entrenadores; los registrados en regímenes de autoexclusión; los inscriptos en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, entre otros actores. En ese marco, se reformará la Ley N° 20.655 del Deporte para desechar la posibilidad de que integren listas electivas de asociaciones civiles deportivas aquellos directores, representantes u operadores de juegos de azar y apuestas en línea.
De convertirse en ley, la publicidad de apuestas y juegos de azar online estará permitida únicamente dentro de casinos, bingos, hipódromos, otras casas de apuestas o agencias de lotería. El impacto alcanzaría distintos sectores privados y de la sociedad civil e incluso al fútbol argentino: tanto la Liga Profesional de fútbol como el 28% de los equipos de la primera división cuentan con publicidad de casinos online.
Otro de los puntos salientes del proyecto es que limita los medios de pago al uso de tarjetas de débito con un tope equivalente al permitido para extracciones en cajeros, mismo tope que se autoriza a las billeteras virtuales. Se prohíbe el otorgamiento de bonos o vales de captación por parte de las casas de apuestas, así como también el uso de sistemas de crédito y tarjetas de prestaciones de ayuda social.
Otra gran problemática que busca frenar el proyecto es el acceso de menores de edad a estas plataformas. De esta manera, se propone la identificación biométrica de los usuarios al inicio de cada sesión y al cabo de un tiempo de jugar, utilizando la base de datos del Registro Nacional de las Personas (RENAPER) para validar la identidad a distancia, mediante el reconocimiento facial.
A su vez se exige que las plataformas y sistemas de juego en línea cumplan una serie de requisitos de apuestas responsables que permitan a los consumidores acceder a información cierta sobre las práctica en la que participan, su historial de usuario, el tiempo en línea, mecanismos de autoexclusión, posibilidad de establecer límites y alertas de tiempo y dinero y secciones de ayuda y asistencia.
Otro aspecto clave del proyecto es que busca crear un registro nacional de autoexclusión voluntaria. El mismo servirá para que la persona que considera que tiene problemas con el juego pueda autoexcluirse por hasta 24 meses, y los establecimientos y plataformas online deberán hacer cumplir esta prohibición. El proyecto establece sanciones de penas y multas frente a su incumplimiento por parte de los titulares y terceros involucrados de entre 3 a 10 años de prisión.
Estadísticas de ludopatía
Según un estudio de la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires, al menos 12,5% jóvenes de entre 15 a 25 años apostaron online alguna vez, cifra que asciende al 15,5% entre las personas de 25 y 34 años. El estudio, anclado en el territorio bonaerense, reveló que 10,1% de los apostadores online juega todos los días de la semana, mientras que el 25,7% lo hacen entre dos y seis veces y el 19,2% una vez cada siete días. Las opciones más elegidas para apostar están vinculadas al fútbol (41,2%), al bingo (37%) y al boxeo (16,8%).
En ese marco, una solicitud de Change.org -con objetivos similares al proyecto de ley, superó las 15.000 firmas con objetivos. «La ludopatía es un trastorno psicológico que se caracteriza por la compulsión a apostar y afecta significativamente la vida personal, familiar, académica, laboral y económica de quienes la padecen. Como en toda adicción, el apostador eleva su propio umbral de tolerancia al estímulo, por eso siente que necesita cada vez más tiempo y dinero en el juego para evitar los síntomas de abstinencia», plantean en la solicitada.